29 DE ABRIL
DÍA DEL ANIMAL
Paulina Guerscovich |
El Dr. Ignacio Lucas Albarracín, fue un abogado y el gran pionero en el país por la lucha de los derechos del animal. Siendo Presidente de la Asociación Protectora de Animales, promocionó la sanción de la Ley N° 2786, de Protección de Animales (promulgada el 25 de junio de 1891), que establece la obligatoriedad de brindar protección a los animales, de manera de impedir su maltrato y su caza.
Cuidados básicos de los animales
- Llegada a la casa.
- Alimentación.
- Higiene.
- Educación.
- Ciclo sexual y esterilización.
- Visitas al veterinario.
- Ejercicio físico.
Derechos de los animales
Artículo N°1: Todos los animales nacen iguales ante la Vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Lucía Donato |
Artículo N°3: Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad.
Artículo N°4: Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libremente en su propio ambiente natural , terrestre aéreo o acuático, y a reproducirse.
Artículo N°5: Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el entorno del humano, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.
Artículo 6: Todo animal que el humano ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo N°5: Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el entorno del humano, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.
Artículo 6: Todo animal que el humano ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo 8: La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, o de cualquier otra forma de experimentación. Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10: Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del humano.
Artículo 11: Todo acto que implique la muerte del animal sin necesidad es un biocidio, es decir , un crimen contra la vida.
Artículo 12: Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie. La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Articulo 13:Un animal muerto debe ser tratado con respeto. Artículo 14: Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben estar representados a nivel gubernamental. Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley como lo son los derechos del hombre.
Santino Pacilio y
Helena Fernández.