miércoles, 29 de abril de 2020

29 DE ABRIL
DÍA DEL ANIMAL

Paulina Guerscovich
  El Día del Animal se celebra el 29 de abril porque en 1926 murió Lucas Albarracín, quien fue el promotor de la ley de protección de animales. 
 El Dr. Ignacio Lucas Albarracín, fue un abogado y el gran pionero en el país por la lucha de los derechos del animal. Siendo Presidente de la Asociación Protectora de Animales, promocionó la sanción de la Ley N° 2786, de Protección de Animales (promulgada el 25 de junio de 1891), que establece la obligatoriedad de brindar protección a los animales, de manera de impedir su maltrato y su caza.


Cuidados básicos de los animales
  1. Llegada a la casa.
  2. Alimentación. 
  3. Higiene. 
  4. Educación. 
  5. Ciclo sexual y esterilización. 
  6. Visitas al veterinario. 
  7. Ejercicio físico.
Derechos de los animales
Artículo N°1: Todos los animales nacen iguales ante la Vida y tienen los mismos derechos a la existencia. 
Lucía Donato
Artículo N°2: Todo animal tiene derecho al respeto. Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del humano. 
Artículo N°3: Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad. 
Artículo N°4: Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libremente en su propio ambiente natural , terrestre aéreo o acuático, y a reproducirse.  
Artículo N°5: Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el entorno del humano, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie. 
Artículo 6: Todo animal que el humano ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo. 
Artículo 8: La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, o de cualquier otra forma de experimentación. Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas. 
Artículo 9: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10: Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del humano. 
Artículo 11: Todo acto que implique la muerte del animal sin necesidad es un biocidio, es decir , un crimen contra la vida. Artículo 12: Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie. La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Articulo 13:Un animal muerto debe ser tratado con respeto. Artículo 14: Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben estar representados a nivel gubernamental. Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley como lo son los derechos del hombre.
Santino Pacilio y
Helena Fernández.